Tema X. Prueba de las Obligaciones.
Tema X. Prueba de las Obligaciones.
Saludos,
ya hemos llegado a nuestro último blog, esto quiere decir que nos toca tratar
esta semana las pruebas de las obligaciones.
En
este último blog de derecho civil, trataremos que son las pruebas de
obligaciones, los medios de las pruebas, que son las pruebas escritas y como
son los actos bajo firma privada y autentica, luego de esto tocaremos temas
como la prueba testimonial, el peritaje, las presunciones, la confección y para
culminar con los juramentos. Dicho esto empecemos…
La prueba de las obligaciones es la manera en que uno puede
tener constancia de haber sucedido un hecho, y para esto se basan en la existencia
de un hecho material o de un acto jurídico para demostrar si es culpable o no.
10.1 Los
Medios de Pruebas.
Los medios de prueba son los instrumentos que sirven para
demostrar la inocencia o culpabilidad de las personas.
Los medios de prueba que se pueden utilizar en un juicio son:
·
Interrogatorio
de las partes.
·
Documentos
públicos y privados.
·
Dictamen
de peritos.
·
Reconocimiento
judicial.
·
Interrogatorio
de testigos.
Nota: en un juicio también se puede
utilizar el recurso de imagen, sonido, datos, cifras etc.
Pruebas
Literal o Escritos.
La prueba escrita es la prueba que queda plasmada en algún
lugar y es sinónimo de prueba documental. Este tipo de prueba es la prueba por
excelencia.
Una de las ventajas de la prueba escrita es que ha sido
preparada con anticipación y esto ayuda a que sea más claro el proceso durante
el juicio.
10.2 Los
actos bajo firma Privada y Autentica.
Firma privada
Los actos de firma privada son los contratos firmados con una
sola firma sin la intervención de entes del estado.
Entre las características de la firma privada podemos ver:
·
Las
cantidades pueden escribirse en letras o en números sin la necesidad de
escribirlo en las dos formas.
·
Se
pueden firman cualquier día del año.
·
No
importa como este escrito, si a máquina o manuscrito.
Actos de firmas auténticas.
Los actos auténticos son los actos que fueron celebrados ante oficiales públicos y están apegado
a lo que exija la ley.
Condiciones para que sea denominado de autenticidad:
·
Debe
de haber un funcionario público.
·
Que
el acto que autoriza sea de su competencia.
·
Que
se observe las formalidades establecidas por la ley.
·
Que
el acto se autorice en lugar en el que el funcionario público, actúa dentro de
su jurisdicción territorial.
10.3
Prueba Testimonial.
La prueba testimonial, es aquella prueba que surge por la
declaración dada por otra persona y este trata de decir lo que vio y pudo
apreciar. Para así aclarar dudas y darle peso, al juicio ya sea a favor o en
contra.
10.4 El
Peritaje.
El peritaje no es más que la investigación de las pruebas que
se obtienen en el rastreo de un proceso penal y esta debe llevarse a cabo con
lo que establece la ley. A instancia del instructor, el fiscal o el tribunal.
En el peritaje podemos distinguir:
·
El
sujeto que realiza la investigación.
·
El
objeto que es investigado.
·
La
investigación como proceso. Donde se utiliza los conocimientos científicos y
técnicos etc.
10.5 Las
Presunciones
Las presunciones es la manera, en el que las personas pueden
protegerse, porque en estas se dictan que toda persona es inocente, hasta que
se demuestre fehacientemente lo contrario.
Las presunciones siempre estarán a beneficio para los sujetos
que están en una situación defensiva, pero quienes deben de encargarse de
destruir dichas presunciones deben ser con las pruebas que se tomaran como
verdades legales.
10.6 La
Confesión.
Una confesión no es más que una declaración sobre lo que ya
uno sabe o uno hizo.
Otra manera de definir la confesión en derecho es el llamamiento
que se le hace a una de las partes para que se comparezca a declarar o confesar
al tribunal sobre los hechos litigiosos.
La confesión puede ser:
Espontánea: Cuando se confiesa voluntariamente.
Provocada: Cuando es pedida expresamente por la
otra parte para que lo haga y sea sometido a interrogatorio.
10.7 El juramento.
El juramento, viene siendo una promesa como declaración en
que vas a honrar algún hecho invocando a algo o a alguien.
A continuación veremos algunos tipos de juramentos en
derecho.
Juramento afirmativo: afirma la verdad de un hecho que paso.
Juramento promisorio: promete algo para hechos futuros.
Juramento simple: es aquel que se invoca a la
presencia de Dios.
Juramento de decir la verdad es aquel por el que una persona
se obliga a manifestar lo que sabe sobre el hecho o negocio de que se le
pregunta.
Conclusión
Mediante este trabajo investigativo pude aprender de todas
las pruebas que se deben de hacer para determinar que una persona es inocente o
culpable. Procesos como el peritaje, la presunción, el juramento hacen un
proceso un poco tedioso, pero es necesario para el buen manejo de la justicia.
`Por otro lado, saliéndome un poco de contexto del tema.
Aprendí bastante de derecho civil, así pude manejar términos que se escuchan a
diario en la radio, o como cuando están exponiendo un caso en la noticia.
Términos como peritaje, curatela, bien fungible y no fungible entre muchos
conceptos más.
Bibliografía.
Se han consultado las siguientes
páginas web, para la realización de este blog.
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