Tema VIII, Los Actos Jurídicos.




Tema VIII. Los actos jurídicos.



Saludos cordiales a todos y a todas, ya estamos más allá de la mitad de nuestro camino, y esta semana hablaremos sobre el tema VIII, que son los actos jurídicos.

Aquí trataremos la teoría general de las obligaciones, la voluntad, los contratos y como se clasifican, como por ejemplo unilateral, sinalagmático o bilateral, oneroso, gratuito, entre mucho más, pero no te retraso y empezamos con nuestro tema a tratar esta semana.








8.1 Los actos jurídicos.
Los actos jurídicos son la declaración o manifestación de voluntad, destinada a que se cumplan derechos y obligaciones. Para ampliar más de esto, sería ideal que viéramos el vídeo a continuación, para luego continuar con nuestro tema.







8.2 Teoría de las Obligaciones Civiles.
Podemos decir que la teoría de obligación,  es la manera jurídicas en el que una persona, se compromete a pagar, por unos servicios prestados.
En nuestro país, el artículo 1101 del Código Civil dice que:  el contrato es un convenio en cuya virtud una o varias personas se obligan respecto de una o de varias otras a dar, hacer o no hacer alguna cosa.







8.3 Autonomía de la voluntad.
La autonomía de voluntad como lo dice, su nombre es la capacidad de dictar sus propias normas morales.
Este concepto es el principio básico en el derecho privado, y fue creado por la necesidad de establecer relaciones jurídicas acorde de la libre voluntad de las personas.

8.4 Actos jurídicos unilaterales.
Los actos jurídicos unilaterales es cuando no se requieren de dos partes, como su nombre lo indica “uni”  de uno.
Ejemplo: un testamento










8.5 Los Contratos.

Los contratos es la manera legal, para realizar obligaciones. Estos pueden ser de varios tipos:

Ø Unilateral 
Ø Bilateral o sinalagmático
Ø Onerosos
Ø Gratuito
Ø Adhesión
Ø Entre muchos otros más.

Contratos unilateral: en este solo se obliga solamente una parte del contrato.

Contrato bilateral o sinalagmático: en este tipo de contratos las dos partes poseen obligaciones.

Contrato onerosos: son los que las obligaciones y derecho don los mismos.

Contrato gratuito: en esta la obligación es de una de las partes y los beneficios de la otra.

Contrato de adhesión: son los contratos que establecen condiciones, como por ejemplo los contratos de Edesur, Claro, Caasd.



8.6 Modalidades de las Obligaciones.

Todos sabemos que las obligaciones son las situaciones que modifican la obligación.

La obligación pura o simple es la que carece de modalidades.

Condición
La modalidad de condición es aquella que define un hecho a futuro e inesperado, y se maneja a través del nacimiento o extinción de una obligación.

Termino
A esta también se le conoce como de plazo y se define, como un hecho a futuro de realización cierta, que simplemente suspende o extingue los efectos de una obligación.



Conclusión
Mediante la realización de este blog, pude apreciar todo lo relacionado con  los contratos, y las obligaciones que estos contratos ejercen hacia nosotros, las personas.

Bibliografía
Se han consultado las siguientes páginas web, para realizar este blog.












Comentarios

Entradas populares de este blog

Condiciones de Validez de los Contratos.

Tema VI. EL MATRIMONIO.