Tema VIII, Los Actos Jurídicos.
Tema VIII. Los actos jurídicos.
Saludos cordiales a todos y a todas, ya estamos más allá de la mitad de nuestro camino, y esta semana hablaremos sobre el tema VIII, que son los actos jurídicos.
Aquí trataremos la teoría
general de las obligaciones, la voluntad, los contratos y como se clasifican,
como por ejemplo unilateral, sinalagmático o bilateral, oneroso, gratuito,
entre mucho más, pero no te retraso y empezamos con nuestro tema a tratar esta
semana.
8.1 Los actos jurídicos.
Los
actos jurídicos son la declaración o manifestación de voluntad, destinada a que
se cumplan derechos y obligaciones. Para ampliar más de esto, sería ideal que
viéramos el vídeo a continuación, para luego continuar con nuestro tema.
8.2 Teoría de las Obligaciones
Civiles.
Podemos
decir que la teoría de obligación, es la
manera jurídicas en el que una persona, se compromete a pagar, por unos
servicios prestados.
En
nuestro país, el artículo 1101 del Código Civil dice que: el contrato es un convenio en cuya virtud una
o varias personas se obligan respecto de una o de varias otras a dar, hacer o
no hacer alguna cosa.
8.3 Autonomía de la voluntad.
La
autonomía de voluntad como lo dice, su nombre es la capacidad de dictar sus
propias normas morales.
Este
concepto es el principio básico en el derecho privado, y fue creado por la
necesidad de establecer relaciones jurídicas acorde de la libre voluntad de las
personas.
8.4 Actos jurídicos
unilaterales.
Los
actos jurídicos unilaterales es cuando no se requieren de dos partes, como su
nombre lo indica “uni” de uno.
Ejemplo: un testamento
8.5 Los Contratos.
Los
contratos es la manera legal, para realizar obligaciones. Estos pueden ser de
varios tipos:
Ø Unilateral
Ø Bilateral
o sinalagmático
Ø Onerosos
Ø Gratuito
Ø Adhesión
Ø Entre
muchos otros más.
Contratos unilateral: en
este solo se obliga solamente una parte del contrato.
Contrato bilateral o sinalagmático: en
este tipo de contratos las dos partes poseen obligaciones.
Contrato onerosos: son
los que las obligaciones y derecho don los mismos.
Contrato gratuito: en
esta la obligación es de una de las partes y los beneficios de la otra.
Contrato de adhesión: son
los contratos que establecen condiciones, como por ejemplo los contratos de
Edesur, Claro, Caasd.
8.6 Modalidades de las
Obligaciones.
Todos
sabemos que las obligaciones son las situaciones que modifican la obligación.
La obligación
pura o simple es la que carece de modalidades.
Condición
La modalidad
de condición es aquella que define un hecho a futuro e inesperado, y se maneja
a través del nacimiento o extinción de una obligación.
Termino
A esta
también se le conoce como de plazo y se define, como un hecho a futuro de realización
cierta, que simplemente suspende o extingue los efectos de una obligación.
Conclusión
Mediante
la realización de este blog, pude apreciar todo lo relacionado con los contratos, y las obligaciones que estos
contratos ejercen hacia nosotros, las personas.
Bibliografía
Se han
consultado las siguientes páginas web, para realizar este blog.






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