Algunas incapacidades.

Tema V. LAS INCAPACIDADES.

Buenas, ya hemos tratado temas como la organización judicial, la filiación y un sin números de temas más, pero ahora es el turno de las incapacidades.
Durante dicho tema a tratar tocaremos, todo lo relacionado con el concepto de incapacidad, la incapacidad de los menores, la autoridad paterna relativa al menor, también aprenderemos que implica la tutela, la curatela y la emancipación y la interdicción judicial, dicho esto comencemos.


5.1 Las incapacidades.
Según la real academia de la lengua española una incapacidad es Der. Carencia de aptitud legal para ejecutar válidamente determinados actos, o para ejercer determinados cargos públicos.
 Tomando esto como referencia podemos decir que una incapacidad es no poder realizar una acción, ya sea por no estar capacitado físicamente, mentalmente o legalmente.
Si nos vamos a la rama del derecho una incapacidad es cuando una persona no puede realizar determinadas acciones.
Ejemplo, una persona que tenga una discapacidad mental no puede firmar, ni consentir ningún trato o  documento, para esto debe de auxiliarse de un tutor que pueda velar por su bien.

5.2 Incapacidad de los menores.
Para poder empaparnos más sobre este tema,  nos centraremos en la ley no. 136 03 del nuevo código del menor, donde se nos muestra que los menores no tiene capacidad para consentir y realizar, algunos actos entre los cuales podemos mencionar.
·         No consumir alcohol, en el art. 21, 22.
·         No tener armas de fuego, en el art, 22.
·         No manejar explosivos, ni fuegos artificiales, art 22.
·         No jugar juegos de lotería, art 22.

Nota:
Esta incapacidad es hasta los 18 años es para preservar la integridad del niñ@ y adolescente ya que no poseen una mentalidad lo suficientemente desarrollada, para tomar decisiones.


5.3 Autoridad paterna relativa al menor.
La autoridad paterna es la que se encarga de que los padres velen por el bien de sus hijos, para que el mañana sean personas prometedoras para la sociedad.
El padre debe velar porque el niño tenga una buena educación, que no consuma sustancias prohibidas ya sea porque sean por su edad o ilegales. Para mas información te invito a que visites el código del menor.



5.4 La Tutela.
Es cuando una persona, no puede gobernarse por sí solo, y para esto el padre, la madre, un tío, abuela o una persona mayor se hará cargo de la persona hasta que pueda obtener los 18 años.
La tutela puede finalizar cuando se obtiene la mayoría de edad, que en RD es a los 18 años, por su adopción, resolución judicial que acredite que está bien o por la recuperación de la patria potestad del progenitor.


5.5 La Curatela.
Antes de entrar en este tema veremos un vídeo de ¿qué es la curatela? Que nos hará entender mejor.

Ya visto el vídeo, podemos darnos cuenta, que la curatela es cuando una persona cumple con la mayoría de edad, y este no está acto por alguna razón. Entonces en este caso una persona se encarga de este.

 5.6 Interdicción Judicial.
Según el portal Santanaripoll.com la interdicción judicialComprende el estado jurídico de las personas que han sido privadas de la capacidad de ejercicio, mediante decisión judicial, por lo que son sometidas a la tutela de un tercero para su representación en actos jurídicos y la administración de sus bienes.

Esto quiere decir que es cuando las personas no pueden tomar decisión por sí sola, si no tiene que tener un tutor que los represente en los actos jurídicos y de administración de bienes.
Ejemplo:
A medida de que las personas, van envejeciendo van perdiendo facultades, y personas sabichosas pueden aprovecharse de ello.


5.7 Capacidad Civil de la Mujer (Ley No. 390).
Esta ley es la que concede capacidad de los derechos civiles, a las mujeres de la republica Dominicana, dicha ley nos dicta que toda mujer ya sea casada o soltera posee iguales condiciones de derecho que los hombres.
Esto para mí, fue un avance enorme en la igualdad de género.

Conclusión.
Mediante la realización de este blog me pude percatar como la ley protege a las personas, que no poseen las actitudes para poder desempeñarse en la sociedad, a un 100 por ciento, y para esto se ha creado los diferentes mecanismos para ayudar a dichas personas.

Bibliografía.
Se han tomado como métodos de consultas, las siguientes páginas web.
·       
·         Códigoley no. 136 03
·         La tutela.
·         Santana Ripoll
·         Que es la curatela.

·          Capacidadde la mujer civil
·         Cortes de california, la emancipación.



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