Tema VII. Los Bienes.
Tema VII. Los Bienes.
Saludos de nuevo,
ya estamos más que a mitad de camino. El tema a presenta esta semana son los
bienes.
Aquí abordaremos,
cual es el concepto de bien, cuales son los bienes corporales e incorporales,
que son cosas fungibles y no fungibles a parte de aprender cuales son los modos
de adquirir una propiedad, dicho esto empecemos.
Antes de desglosar el
tema, observemos el vídeo a continuación. Para así poder manejar los términos de
una manera más fácil y dinámica.
7.1
concepto
Un bien es algo, que es útil
para el ser humano, esto puede ser tanto corporal o incorporal.
7.2 Bienes corporales
e incorporales
Bienes corporales muebles
Podemos decir que un bien
corporal de muebles son las cosas u objetos que pueden transportarse de un lugar
a otro, ya sea un moviéndolo o moviéndose por sí solo. Ejemplo: un carro, joyería,
etc.
-Bienes
incorporales
Son los bienes que son percibidos
metal o intelectualmente un ejemplo de ello es la hipoteca, obligaciones
legales, deudas etc.
-Bienes
corporales inmuebles
Son los objetos
corporales que no puede transportarse de un lugar a otro. Ejemplo: casa,
edificio, fincas, terreno etc.
7.3 Bien
fungible y no fungible
Bienes fungibles: los
bienes fungibles, no es más que, esas cosas que se destruyen, deterioran o se
gastan. Ejemplo: una impresora en una imprenta.
Bienes no fungibles:
son los que no tienen sustitución por ser único y original. Ejemplo: la copa
del mundo.
7.4 Res nullius
y Res Común.
Res nullius:
esto es cuando algo no es de nadie, es decir nunca ha sido propiedad de nadie.
Res común: realmente no es
un bien sin dueño, sino un bien no aprehensible.
Podemos decir que el
derecho de propiedad es el poder legal que tenemos sobre un objeto o lugar.
7.6 Modos
de adquirir una propiedad
Podemos decir que el método
de adquirir una propiedad es cuando uno compra algún bien.
Existen un sin número de adquirir
una propiedad esta puede ser:
Sucesión o causa de muerte:
como lo dice el título es cuando una persona obtiene una propiedad a causa de
una muerte de otra es decir, la herencia.
La ocupación:
es cuando carece de dueño, es decir para a ser de otro por el hecho de
ocuparla.
Usurpación o prescripción adquisitiva:
es cuando se ocupa durante un tiempo determinado un lugar, bajo criterios
establecidos por la ley, para que el registro público lo declare consumado para
así, asumir la propiedad.
Accesión: este nos muestra
que todo lo que se encuentra encima del terreno a debatir le pertenece al dueño
del terreno. Ejemplo: si una persona planta en un lugar determinado los frutos
son del propietario no de quien lo planto.
Tradición: en este es cuando
se adquiere una propiedad, pero a parte
de un contrato (acto de venta), se necesita otro aval como llaves,
inscribirlo en el registro público etc.
Conclusión
Mediante la realización de
este trabajo investigativo, pude plasmar y concientizar de que son los bienes
y cómo podemos clasificar cada acto de adquirir un bien ya sea que se pueda
trasladar o no.
Se han consultado las siguientes
páginas web, para realizar este blog.





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